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Mostrando entradas de marzo, 2016

COMENTARIOS SOBRE ELDECRETO EJECUTIVO No 2266 DE FECHA 08 DE MARZO DE 2016 SOBRE LA EXONERACION DEL PAGO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA A LAS PERSONAS NATURALES RESIDENTES EN EL PAIS.

COMENTARIOS SOBRE ELDECRETO EJECUTIVO No 2266 DE FECHA 08 DE MARZO DE 2016 SOBRE LA EXONERACION DEL PAGO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA A LAS PERSONAS NATURALES RESIDENTES EN EL PAIS. Recientemente el Ejecutivo Nacional se hizo sentir una vez más, en un intento de apaciguar y adormecer el clima económico tenso que se vive actualmente en Venezuela; el mal sabor del 06 de diciembre sigue en los paladares de aquellos muy seguros de sus propios escenarios y divisas políticas; el plan de la patria parece haber chocado con tanto “motor” encendido, será,   con yesca gasoil o carburo de aquellos que encendían los faroles callejeros en el xix y principios del siglo xx en muchos lugares; las argumentaciones en pro de un nuevo estado de excepción(costumbre favorita de la clase gobernante actual) esta vez una excepción “económica” traducida en un polémico y apresurado decreto de emergencia económica concebido quizá desde los oscuros pasillos donde nadie atisba sino los directamente involucrado

EL CONSULTOR DEIMPUESTOS: DESGRAVAMENES Y REBAJAS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

EL CONSULTOR DE IMPUESTOS DESGRAVÁMENES Y REBAJAS DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA [1] 1.       DE LOS INCENTIVOS FISCALES   Los Incentivos tributarios o estímulos tributarios son aquellos beneficios que perfilan a los incentivos económicos concebidos en sentido amplio, caracterizándose por el instrumento adoptado que es tributario   [2] , son aquellos establecidos con fines de estímulo o incentivos de una conducta racional deseada por motivos económicos o político-sociales, como la racionalización de empresas o inversiones   [3] . Son aquellos que favorecen el mayor trabajo o inversión del contribuyente, siendo los desincentivos fiscales los que producen el efecto contrario   [4] . 2.       DE LOS DESGRAVÁMENES: SU CONCEPTO. DESGRAVAMENES APLICABLES POR LAS PERSONAS NATURALES RESIDENTES. De la acción de desgravar, rebajar los derechos arancelarios o los impuestos sobre determinados objetos; gastos de tipo personal o familiar y que, dada la justificación, se permite al c