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Mostrando entradas de febrero, 2017

COMENTARIOS SOBRE LA RETROACTIVIDAD DE LA NORMA PENAL TRIBUTARIA

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En nuestra AULA ABIERTA DE HOY, hablemos sobre el tema de la RETROACTIVIDAD DE LA NORMA PENAL TRIBUTARIA.   El Código Orgánico Tributario vigente de 2001, al referirse al procedimiento para el cálculo y aplicación de las sanciones pecuniarias (multas) prevé expresamente en su artículo 94 Parágrafos Primero y segundo lo siguiente: “Cuando las multas establecidas en este Código estén expresadas en unidades tributarias (UT) se utilizará el valor de la unidad tributaria que estuviere vigente para el momento del pago” “Las multas establecidas en este Código, expresadas en términos porcentuales, se convertirán al equivalente de unidades tributarias (UT) que correspondan al momento de la comisión del ilícito, y se cancelarán utilizando el valor de la misma que estuviere vigente para la el momento de pago” Observamos con meridiana claridad, cómo el legislador ha distorsionado el sentido y alcance de los principios de justicia, legalidad y equidad en la tributación, obviando el hecho

EL CUADERNO LEGAL: LOS BIENES PROPIOS DEL CÓNYUGE Y LA VOCACION SUCESORIA DEL CONYUGE SOBREVIVIENTE

EL CUADERNO LEGAL: LOS BIENES PROPIOS DEL CÓNYUGE Y LA VOCACION SUCESORIA DEL CONYUGE SOBREVIVIENTE Muchas veces surgen comentarios o señalamientos que refieren que cuando uno de los cónyuges fallece, si éste tuviere un patrimonio de bienes propio el mismo no será objeto de transmisión sucesoral   al cónyuge sobreviviente, de manera que, en tal caso, solo tendrían derechos sucesorios los hijos   del esposo o esposa fallecidos sobre estos bienes. Primeramente es necesario aclarar que el Código Civil es el conjunto de normas rectoras que rigen, entre otras instituciones como el matrimonio, los bienes y cargas comunes y bienes y cargas propias de cada uno de los cónyuges   y asimismo las sucesiones hereditarias y la vocación hereditaria entre los cónyuges así como sus limitaciones legales. De acuerdo al Código Civil, son bienes comunes de los esposos los adquiridos por título oneroso durante el matrimonio, a costa del caudal común, bien se haga la adquisición a nombre de la comuni

LA CUARTILLA DE LA MESILLA: UN DETALLE PARA EL BELL CANTO

LA CUARTILLA DE LA MESILLA: UN DETALLE PARA EL BELL CANTO Este pasado mes de diciembre de 2016, en la Feria del Ateneo, de la cual ya queda poco de aquella famosa de otros años donde no había penosos exilios ni destrucción cultural ni dominación ideológica en nombre del “amor” como se le llama ahora en Venezuela. En ese lugar decembrino, adquirí casi como por arte de magia, muy escondido en una de los puestos de venta una bellísima colección de tres(3) discos compactos dedicados a la compilación de música y arias de ópera de tres grandes sopranos de su tiempo, desde 1917 a 1935: Eide Norena, Amelita Galli y Rosa Poncelle, editados y remasterizados en el año 1991 por la marca Nimbus Record; creo que estaban allí, de primeros en la pila de discos infinitos, tal vez desdeñados por lo poco conocido e ignorado   bell canto clásico en las nuevas generaciones   y por la ausencia definitiva del artístico espectáculo en nuestras salas de teatro, ya ocupadas de las necesidades de esta sue