Entradas

Mostrando entradas de agosto, 2020

ACEPTACION, REPUDIACIÓN Y PRESCRIPCION DEL DERECHO DE ACEPTAR LA HERENCIA

ACEPTACION, REPUDIACIÓN Y PRESCRIPCIÓN DEL DERECHO DE ACEPTAR LA HERENCIA            Juan Carlos Colmenares Zuleta.      En materia de sucesiones hereditarias y más concretamente en materia de herencias y legados, el Código Civil señala que la herencia puede ser aceptada de forma pura y simple o a beneficio de inventario, esto es, que el heredero, una vez ocurrida la muerte de su causante y abierta su sucesión en la forma legal (Código Civil Artículo 993),podrá ejercer el denominado ius delationis , que es el elemento o relación patrimonial de la persona llamada a la herencia , [1] y para ejercitar este derecho podrá manejará dos opciones legales: Una es aceptar la herencia, es decir, ejercer en forma positiva ese ius delationis   y otra es la repudiación o renuncia a la misma conforme a las normas aplicables. Respecto de la aceptación de la herencia, la misma no puede verificarse ni a término ni a condición, ni de forma parcial sobre los referidos derechos (Código Civil Artículo

EL DERECHO DE REPRESENTACION EN LAS SUCESIONES HEREDITARIAS: SU TRATAMIENTO EN EL DERECHO CIVIL Y DERECHO TRIBUTARIO

EL DERECHO DE REPRESENTACION EN LAS SUCESIONES HEREDITARIAS: SU TRATAMIENTO EN EL DERECHO CIVIL Y DERECHO TRIBUTARIO [1]       Juan Carlos Colmenares Zuleta.      Conforme a las normas del Código Civil Venezolano, las sucesiones hereditarias se defieren por la ley o por testamento, [2] esto es, bajo la forma ab intestato, es decir, sin testamento válido, y en forma testamentaria, cuando éste exista en la formal legal; el deferimiento o delación constituye el ejercicio pleno de la vocación hereditaria, [3] requisito necesario para ser llamado a dicha sucesión, sea en calidad de heredero o de legatario; el llamamiento a la herencia está configurado en nuestro ordenamiento jurídico positivo sobre las bases de lo que se denomina el orden de suceder, es decir, el orden natural de los afectos, o el sistema de concurrencias y de exclusiones consagrado por la ley, para el funcionamiento del ius delationis [4] según el cual, el primer llamado será el hijo y descendientes del causante, se